sábado, 26 de mayo de 2012

informacion de los linieamnientos pnf


REPÙBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
DSMINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR
INSTITUTO UNIVERSITARIO DE TECNOLOGÍA DE MARACAIBO
ESPECIALIDAD: INFORMÀTICA
MARACAIBO, ESTADO ZULIA









                                                                                                                         
ELIAS EL HAYEK                       
KARINA NACHEF
            MERVY GONZALES
DEIVIS BERMUDEZ





MARACAIBO mayo de 2012




DICTAR LOS LINEAMIENTOS DE ADMINISTRACIÓN DEL PROGRAMA NACIONAL DE FORMACIÓN POLICIAL PARA EL PERIODO ACADÉMICO 2011-2012
Artículo 1. Las presentes normas tienen como finalidad definir y describir los lineamientos para la administración del Programa Nacional de Formación Policial en el curso básico, en concordancia directa con los preceptos constitucionales en materia de seguridad ciudadana, con los lineamientos delProyecto de Desarrollo Económico y Social de la Nación 2007-2013 y con los postulados y principios de la Misión Alma Mater.
Artículo 2. El trayecto inicial del Programa Nacional de Formación Policial, está planificado de la siguiente manera:
a) Un (1) tramo transición con una duración de seis (6) semanas y;
b) Tres (3) tramos de formación de doce (12) semanas cada uno.
Párrafo único: Se contempla un (1) periodo de pasantías durante el desarrollo del tercer tramo de formación.
Artículo 3La ejecución del Programa Nacional de Formación Policial adopta dos (02) modalidades: presencial y semipresencial.
a. La modalidad Presencial está caracterizada por el acompañamiento permanente de las estudiantes y los estudiantes, profesoras y profesores y comunidad, en diferentes ambientes de aprendizaje.
b. La modalidad Semipresencial está caracterizado por el abordaje del proceso didáctico-pedagógico mediado por las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), por sistemas tutoriales y trabajos comunitarios.
Artículo 4. El Programa Nacional de Formación Policial será administrado con unidades curriculares bajo la forma de:
a. Proyecto: dirigidos a la integración de saberes y contraste entre teoría y práctica que implica la realización de actividades de diagnóstico o prestación de servicios vinculados a las necesidades de las localidades;
b. Seminarios de formación socio-crítica: dirigidos a estudios en profundidad de problemas vinculados a la profesión, considera las dimensiones éticas, políticas, sociales, culturales económicas y ambientales involucradas;
c. Cursos, talleres y seminarios: dirigidos a completar la formación profesional y ciudadana;
d. Laboratorios: consiste en interactuar en espacios donde se efectúan trabajos experimentales o de pruebas y se realizan análisis y exámenes diversos acordes al área o campo de estudio.
e. Actividades acreditables: realizadas por las estudiantes y los estudiantes en contextos comunitarios o institucionales.
Artículo 5. El Programa Nacional de Formación Policial concibe la planificación de la formación como un proceso dialógico, dinámico, complejo, participativo, crítico-reflexivo, vinculado a las dimensiones del saber-conocer, saber-hacer, saber-ser, saber-convivir y a los ejes transversales Derechos Humanos, Diversidad Humana, Participación y Ética del Servidor Público.
Artículo 6. En cada unidad curricular del Programa Nacional de Formación Policial el docente presentará y discutirá la planificación de sus actividades académicas con los actores involucrados en el proceso, con el fin de garantizar la vinculación con los ejes: curriculares, de formación y transversales.
Artículo 7. Las docentes y los docentes de las unidades curriculares ubicadas en el eje proyecto, garantizarán que la planificación de las actividades tendientes a la elaboración del proyecto educativo de vinculación social consideren los aportes que le ofrecen tanto los ejes socio-crítico, profesional y las actividades acreditables para complementar así, la formación integral de las estudiantes y los estudiantes
Artículo 8. Las docentes y los docentes de las unidades curriculares ubicadas en los ejes socio-crítico, profesional y las actividades acreditables, deben velar porque la planificación de las actividades formativas aporten insumos sustanciales a la construcción del proyecto de vinculación social.
Artículo 9. Las unidades curriculares que conforman el Programa Nacional de Formación Policial,deben tributar a los programas generados por el Vicerrectorado de Vinculación Social. La Coordinación Académica de cada Centro de Formación velará por la articulación con los programas de intervención comunitaria.
Artículo 10. La interacción didáctica se abordará a través de tres (3) momentos: exploración de saberes, diálogo reflexivo y reflexiones finales.
Artículo 11. Las estrategias de enseñanza-aprendizaje estarán fundamentadas en la pedagogía crítica y los planteamientos freireanos, que consideran los siguientes principios: sentido crítico, construcción colectiva de saberes, dialogicidad como forma de relación, participación activa y reflexiva.
Artículo 12Se tomará en cuenta para la planificación de la formación, las características propias de cada Centro de Formación, así como las peculiaridades geográficas que lo determinan a fin de facilitar la adaptación de los propósitos, técnicas de enseñanza aprendizaje a las exigencias y necesidades de cada región.
Artículo 13. La evaluación del Programa Nacional de Formación Policial se asume en su doble dimensión de sistema y proceso que articula las estrategias de auto-evaluación, co-evaluación y hetero-evaluación empleándose los tipos de evaluación: inicial, formativa y de procesos.
Artículo 14. El trayecto inicial será evaluado como aprobado o no aprobado, pudiendo la estudiante o el estudiante proseguir al tramo uno con la aprobación del 50% de las unidades curriculares.
El trayecto inicial no tiene peso en el rendimiento estudiantil, sólo se tiene como un referente del mismo.
Artículo 15. Las Unidades Curriculares serán evaluadas en una escala del uno (1) al cinco (5), siendo la mínima aprobatoria tres (3), según lo establecido en los lineamientos de evaluación de los Programas Nacionales de Formación.
Articulo 16. El eje Proyecto se evaluará de manera formativa al final de cada tramo con la presentación de un (1) informe. La sumatoria de las evaluaciones sólo se realizará al final del tramo tres, una vez que la estudiante o el estudiante haya culminado todo su proyecto de intervención y realizado el período de pasantías.
Artículo 17. Como requisito de egreso se concibe un trabajo final que estará constituido por un documento en donde se exprese el proyecto de vinculación social, acompañado de un portafolio que de cuenta del proceso formativo vivenciado, así como los aprendizajes, experiencias y las reflexiones construidas en torno a la seguridad ciudadana a lo largo del primer trayecto del Programa Nacional de Formación Policial.
Artículo 18. La evaluación de los resultados del trabajo final exigirá una presentación pública decisoria en la aprobación o no del trayecto uno.
Artículo 19. Los Centros de Formación deben estar provistos de ambientes de aprendizaje cónsonos con las características de las unidades curriculares.
Artículo 20. El Vicerrectorado Académico será el responsable de hacer seguimiento a los dispositivos contenidos en la presente Resolución.
Artículo 21. La presente Resolución tendrá vigencia a partir de la presente fecha y la misma solo será aplicable para la administración del curso básico a realizarse en el periodo de septiembre 2011 a agosto 2012.
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